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Asistencia Sanitaria Pública Abogados Jubilados

28/02/2011
Asistencia Sanitaria Pública Abogados Jubilados En virtud de los acuerdos alcanzados por el Consejo de la Abogacía de Castilla y León y la Consejería de Salud, los Abogados jubilados podrán solicitar la asistencia sanitaria pública
Se deben cumplir los siguientes requisitos:


  • Haber cumplido 69 años o más.

  • Estar empadronado en cualquiera de los municipios que integran la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

  • Estar o haber estado colegiado en alguno de los Colegios de Abogados de Castilla y León

  • Encontrarse en situación de baja en la actividad profesional por jubilación.

  • Tener la condición de mutualista.

  • No tener reconocida la cobertura asistencial pública por ninguna otra vía.

  • Suscribir el formulario de solicitud que se acompaña. Igualmente podrán obtener la tarjeta de la Asistencia Sanitaria pública a quienes constituyan su unidad familiar, el cónyuge viudo y los hijos menores de Abogados que habiendo pertenecido a alguno de los Colegios de Abogados de Castilla y León se encuentren de baja por jubilación, incapacidad o hayan fallecido.

    La solicitud se tramitará por el propio Colegio de Abogados donde tenga su residencia el solicitante, junto con una certificación de empadronamiento en el territorio de Castilla y León que deberá certificar sobre los siguientes extremos:


    • Que el Abogado solicitante tiene la condición de mutualista. -Que está empadronado en un municipio de Castilla y León.

    • Que no tiene reconocida cobertura asistencial pública.




Fuente: sdf

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